lunes, 21 de octubre de 2013


Art. 28  
Constitución Política de los EUM

Este artículo hace mención de que está prohibido tener monopolios en el país.

En caso de que existan la ley lo castigara, y las autoridades perseguirán toda concentración o acaparamiento en una o pocas manos de artículos de consumo necesario y que tenga por objeto obtener alza de precios.
Las leyes fijaran bases para que se señalen precios máximos a los artículos, materias o productos que sean considerados necesarios para la economía nacional o de consumo popular, así como de imponer bases para la distribución de estaos. La ley protegerá a los consumidores y propiciara su organización.
No serán considerados monopolios aquellas áreas estratégicas del estado. Para esta el estado contara con organismos y empresas que manejen las áreas estratégicas a su cargo.
El estado tendrá un banco central que será autónomo en el ejercicio de sus funciones y su administración, su prioridad será procurar estabilidad en el poder adquisitivo de la moneda nacional. No será monopolio la acuñación de moneda y emisión de billetes, el banco central regulara los cambios, intermediación y servicios financieros.
Tampoco son monopolios las asociaciones de trabajadores formadas para proteger sus propios intereses y asociaciones que vendan en mercados extranjeros productos naciones que sean fuente principal de riqueza de la región que sean de primera necesidad.
No son monopolios privilegios otorgados por obras a autores artistas y que tengan uso exclusivo de sus inventos.
El estado podrá concesionar la prestación de servicios públicos o la explotación, uso aprovechamiento de bienes de dominio de la Federación.
Se podrán otorgar subsidios a actividades prioritarias sin que estas afecten a la economía del país.
El estado contara con una Comisión Federal de Competencia Económica con objeto de garantizar la libre competencia y concurrencia, y prevenir, castigar y combatir monopolios.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones tendrá por objeto el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones. Este garantizara que el gobierno Federal cuente con las concesiones necesarias para el ejercicio de sus funciones. La Comisión Federal de Competencia Económica y el Instituto Federal de Telecomunicaciones, serán independientes en sus decisiones y funcionamiento.

Los órganos de gobierno y los antes mencionados serán integrados por 7 comisionados, incluyendo el Comisionado Presidente designados en forma escalonada por el Ejecutivo Federal.




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