sábado, 19 de octubre de 2013


Artículo 3
Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única.
Definición de conceptos para IETU.


Este artículo nos dice que los conceptos de enajenación de bienes, prestación de servicios independientes y otorgamiento del uso o goce temporal de bienes se tomaran de los descritos en la ley de IVA. Nos dice que cualquier pago que se efectúe por concepto de regalías, con la excepción del pago por el uso o goce temporal de equipos industriales, comerciales o científicos, no es objeto de la ley. Considerará como prestación de servicios independiente la diferencia entre las tasas de interés de colocación y las tasas de interés de captación de las actividades que realicen las instituciones de crédito, las de seguros, los almacenes de depósito, arrendadoras, la casa de bolsa y las empresas de factoraje financiero.
El margen de intermediación financiera será el resultado de los intereses devengados a favor del contribuyente menos los intereses devengados a cargo, así como también nos dice que considerará que los ingresos se obtienen en el momento en el cual se cobre el precio o contra prestación pactada.



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